Veda en Goiás (regla estatal)
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Boulengerella maculata
Bicuda de hocico largo y dientes afilados, con manchas oscuras en el dorso, de ríos del Amazonas, del Tocantins y del Orinoco. Se pesca para comercio y se exhibe en acuarios públicos.
También llamado: bicuda-manchada, bicuda, uena, picudo, spotted pike-characin
La bicuda-manchada pertenece a la familia Ctenoluciidae, las bicudas, de cuerpo alargado y hocico largo lleno de dientes. Llega a 31,9 centímetros de longitud estándar. Se encuentra en los ríos Amazonas y Tocantins, en Brasil, y en el Orinoco, en Venezuela y Colombia, además de Ecuador y Perú. Vive en media agua, en aguas con pH entre 6 y 7,5, y es depredadora de peces, como las demás bicudas. En la pesca tiene uso comercial y también se exhibe en acuarios públicos.
Ficha esencial. Identificación, dónde se encuentra y reglas, con datos de FishBase y de las normas citadas. La época, el horario, la técnica y la carnada entran cuando tengamos una buena fuente para la picudo; mientras tanto, mira las especies parecidas.
Manchas oscuras del tamaño de la pupila repartidas por el dorso y los costados, y la aleta caudal con marmoleado. La base de la dorsal queda detrás de la línea de la anal, lo que la separa de las demás bicudas, excepto la Boulengerella lateristriga, que tiene una franja oscura estrecha en el cuerpo y no tiene las manchas del tamaño de la pupila. La bicuda (Boulengerella cuvieri) tiene la dorsal más adelante.
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Cada tarjeta muestra el índice del día (0 a 100) y, debajo, la tira con el índice de cada hora, de 0h a 23h. de floja a excelente.
Ficha esencial: el índice usa el perfil general de los peces (clima, sol, luna y marea), sin época ni horario propios de esta especie.
Se encuentra en las cuencas de los ríos Amazonas, Tocantins y Orinoco, en Brasil, Venezuela y Colombia, además de Ecuador y Perú.
Hábitat: Media agua de ríos amazónicos, en aguas con pH entre 6 y 7,5.
nativa de las cuencas
Resumen de las normas que encontramos, con la fuente de cada una. Las reglas cambian; antes de sacrificar o transportar, verifica con el organismo ambiental del estado.
Conservación: No figura en la lista nacional brasileña (Portaria GM/MMA n.º 1.667/2026).
No encontramos una regla específica para esta especie además de las reglas generales de la región.
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Permitido: Todas las modalidades de pesca quedan prohibidas en los ríos, incluida la captura y suelta (Ley 9.096/2009, art. 19-A). Excepciones: subsistencia desde tierra (3 kg o 1 ejemplar, sin transporte ni venta) y pesca científica. La Ley 13.159/2025 pasó a admitir pesca deportiva licenciada en embalses de UHE/PCH, lagos naturales y ríos de frontera, condicionada a estudio científico y a licencia del órgano ambiental. No confirmamos si esas licencias ya se emiten.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con línea de mano, caña o reel frontal o rotativo. El pescado solo puede consumirse en el lugar, sin transporte. Competiciones prohibidas. Subsistencia: 3 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales (GO y TO) pueden ser más restrictivas.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con consumo en el lugar. Subsistencia: 5 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales pueden ser más restrictivas.
Permitido: En 2025/26: captura y suelta con anzuelo sin púa y carné de pesca recreativa; subsistencia a pie o en bote a remo, con caña simple o línea de mano.
Fuente: Portaria Naturatins nº 244/2025 (temporada 2025/26); INI MPA/MMA nº 12 y 13/2011
Permitido: Mismas excepciones para el pescador deportivo/recreativo previstas en la Portaria 48/2007 (línea de mano o caña, 5 kg + 1 ejemplar), salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: El pescador deportivo/recreativo con línea de mano o caña, línea y anzuelo queda fuera de las prohibiciones del Anexo II, con cupo de 5 kg + 1 ejemplar, salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Solo pesca de subsistencia.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Mira las excepciones de la Portaria 48/2007 y las reglas estatales de cada margen.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Tiene dientes afilados en el hocico. Sujétalo detrás de la cabeza y quítale el anzuelo con cuidado, sin cortarte la mano.
Relación peso-longitud W = a·Lb (a = 0.00295, b = 3.23; FishBase (relação peso-comprimento bayesiana, estimativa da própria espécie)). Es un promedio: un pez gordo o flaco puede variar de 10% a 20%.
peso estimado
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Ficha esencial: tamaño, relación peso-longitud, profundidad, países y conservación vienen de FishBase y de las normas citadas, y los textos se escribieron a partir de esas fuentes. Época, horario, sensibilidades, técnica y carnadas y señuelos todavía no entran, porque no encontramos una buena fuente para esta especie.
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