Puerto Rico (aguas federales): hasta 5 por persona por día
En las aguas federales alrededor de Puerto Rico (fuera de las aguas del territorio, a partir de 9 millas de la costa), el pescador recreativo puede llevar como máximo 5 peces por día sumando peces ángel, roncadores, jureles y otros carángidos, cirujanos, cangulos y bodiones (hasta 15 por bote cuando hay 3 o más personas a bordo; como máximo 1 cirujano por persona). El cangulo negro (ocean triggerfish) forma parte del complejo de cangulos del plan de manejo federal. El cupo no vale para quien tiene licencia comercial de Puerto Rico o de las Islas Vírgenes de EE. UU.
Fuente: 50 CFR 622.444(a)(2) (NOAA Fisheries, EE. UU.), redacción de 90 FR 26940, del 25/06/2025