Veda en Goiás (regla estatal)
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Chilodus punctatus
Pez pequeño y pelágico de ríos amazónicos y de las Guayanas, pescado para comercio y para acuario.
También llamado: chilodo-pontuado, mojara, sardina, spotted headstander
El chilodo-pontuado pertenece a la familia Chilodidae y es un pez pequeño, de hasta 18 centímetros y 70 gramos. Vive en la Amazonia brasileña, incluido el río Apeú, en Pará, y también en Guyana, Surinam, Ecuador, Perú, Colombia y el oeste del Orinoco. Prefiere aguas cálidas, entre 24 y 28 grados, levemente ácidas, con pH entre 6 y 7, y es un pez pelágico, que vive en media agua. En la pesca tiene uso comercial y también se vende para acuarios.
Ficha esencial. Identificación, dónde se encuentra y reglas, con datos de FishBase y de las normas citadas. La época, el horario, la técnica y la carnada entran cuando tengamos una buena fuente para el mojara.
Pez pequeño, de cuerpo comprimido y con puntos oscuros repartidos por el cuerpo, como indica el nombre científico, punctatus (punteado). La familia de los quilódidos es conocida por la costumbre de nadar inclinada, con la cabeza hacia abajo. Para reconocerlo, fíjate en los puntos y en el tamaño pequeño, y ten en cuenta la región, que va de la Amazonia a las Guayanas y al Orinoco.
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Cada tarjeta muestra el índice del día (0 a 100) y, debajo, la tira con el índice de cada hora, de 0h a 23h. de floja a excelente.
Ficha esencial: el índice usa el perfil general de los peces (clima, sol, luna y marea), sin época ni horario propios de esta especie.
Se encuentra en la Amazonia brasileña, incluido el río Apeú, en Pará, y también en Guyana, Surinam, Ecuador, Perú, Colombia y el oeste del Orinoco.
Hábitat: Aguas dulces levemente ácidas (pH entre 6 y 7), en media agua de ríos amazónicos.
nativa de las cuencas
Resumen de las normas que encontramos, con la fuente de cada una. Las reglas cambian; antes de sacrificar o transportar, verifica con el organismo ambiental del estado.
Conservación: No figura en la lista nacional brasileña (Portaria GM/MMA n.º 1.667/2026).
No encontramos una regla específica para esta especie además de las reglas generales de la región.
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Permitido: Todas las modalidades de pesca quedan prohibidas en los ríos, incluida la captura y suelta (Ley 9.096/2009, art. 19-A). Excepciones: subsistencia desde tierra (3 kg o 1 ejemplar, sin transporte ni venta) y pesca científica. La Ley 13.159/2025 pasó a admitir pesca deportiva licenciada en embalses de UHE/PCH, lagos naturales y ríos de frontera, condicionada a estudio científico y a licencia del órgano ambiental. No confirmamos si esas licencias ya se emiten.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con línea de mano, caña o reel frontal o rotativo. El pescado solo puede consumirse en el lugar, sin transporte. Competiciones prohibidas. Subsistencia: 3 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales (GO y TO) pueden ser más restrictivas.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con consumo en el lugar. Subsistencia: 5 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales pueden ser más restrictivas.
Permitido: En 2025/26: captura y suelta con anzuelo sin púa y carné de pesca recreativa; subsistencia a pie o en bote a remo, con caña simple o línea de mano.
Fuente: Portaria Naturatins nº 244/2025 (temporada 2025/26); INI MPA/MMA nº 12 y 13/2011
Permitido: Pesca deportiva/recreativa desde barco o desde tierra con línea de mano o caña, hasta 5 kg o 1 ejemplar. Transporte solo dentro del municipio. Campeonatos prohibidos.
Fuente: Portaria IBAMA nº 85/2003
Permitido: Mismas excepciones para el pescador deportivo/recreativo previstas en la Portaria 48/2007 (línea de mano o caña, 5 kg + 1 ejemplar), salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: El pescador deportivo/recreativo con línea de mano o caña, línea y anzuelo queda fuera de las prohibiciones del Anexo II, con cupo de 5 kg + 1 ejemplar, salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Solo pesca de subsistencia.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Mira las excepciones de la Portaria 48/2007 y las reglas estatales de cada margen.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Sin espinos ni veneno. Es pequeño y delicado: manipúlalo con las manos mojadas y suéltalo pronto.
Relación peso-longitud W = a·Lb (a = 0.01175, b = 3.01; FishBase (relação peso-comprimento bayesiana, estimativa)). Es un promedio: un pez gordo o flaco puede variar de 10% a 20%.
peso estimado
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Ficha esencial: tamaño, relación peso-longitud, profundidad, países y conservación vienen de FishBase y de las normas citadas, y los textos se escribieron a partir de esas fuentes. Época, horario, sensibilidades, técnica y carnadas y señuelos todavía no entran, porque no encontramos una buena fuente para esta especie.
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