MS: mínimo 35 cm
Talla mínima del palmito (Ageneiosus spp.) en MS.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.375/2020 (modifica el Decreto nº 15.166/2019), art. 9º - Semadesc/Imasul
Ageneiosus inermis
Bagre liso de boca enorme que caza de noche. Se pesca con carnada viva y artificial en el Pantanal, el Araguaia y la Amazonia, y tiene carne muy fina.
También llamado: mandubé, palmito, fidalgo, boca-larga, mandubi, manduvê
La mayor especie de la familia Auchenipteridae, el mandubé es un bagre sin escamas, de cabeza aplanada y boca muy ancha. Come sobre todo peces, y también camarones, cazando de noche en remansos y orillas con vegetación, donde la corriente es débil. La reproducción es curiosa: la fecundación es interna, el macho desarrolla un órgano copulador y cambia la espina de la dorsal y las barbillas en la época del desove, y la hembra guarda los espermatozoides. En el alto Paraná es una especie no nativa, que llegó después de que el lago de Itaipú cubrió Sete Quedas. Su carne se considera de sabor muy fino.
Cuerpo largo, liso y sin escamas, gris plateado en el dorso y claro en el vientre. Cabeza aplanada por arriba, boca muy ancha y ojos a los lados, a la altura de la boca. Barbillas muy cortas. Primer radio de la dorsal largo y aserrado en los machos. Aleta anal larga.
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Cuenca amazónica, Tocantins-Araguaia y Pantanal; en el alto Paraná es no nativo, presente desde la formación del lago de Itaipú.
Hábitat: Remansos, bahías, orillas con vegetación y bocas de corixo; canal del río de noche.
nativa de las cuencas
introducida en
estados
Amazonas, Pará, Amapá, Acre, Rondônia, Mato Grosso, Mato Grosso do Sul, Tocantins, Goiás, Paraná, São Paulo
Mejor en la vaciante y la sequía, de mayo a octubre en el Pantanal y el Araguaia, con el pez concentrado en las bahías y canales.
Noche y crepúsculo. Caza desde el atardecer hasta la madrugada; de día se queda escondido en su guarida.
El frente frío derriba la actividad, sobre todo en el Pantanal.
La presión estable favorece.
Las noches oscuras y la luna nueva suelen rendir más.
Poco efecto, salvo tormenta.
El río bajando concentra el pez en las bahías y bocas de corixo.
Llega despacio y evita la linterna sobre el agua.
Poco efecto de noche.
Media agua y fondo, de 1 a 5 m.
señuelos
carnadas
accesorios
Carnada viva cerca de la vegetación, al final de la tarde y de noche. Déjalo tragar antes de clavar.
Resumen de las normas que encontramos, con la fuente de cada una. Las reglas cambian; antes de sacrificar o transportar, verifica con el organismo ambiental del estado.
Conservación: No consta en la lista nacional (Portaria GM/MMA 1.667/2026).
Talla mínima del palmito (Ageneiosus spp.) en MS.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.375/2020 (modifica el Decreto nº 15.166/2019), art. 9º - Semadesc/Imasul
La ley de MT incluye el 'mandubé/fidalgo (Ageneiosus brevifilis)', nombre antiguo de la misma especie, con 35 cm en el tramo del Araguaia desde las cabeceras hasta Antônio Rosa y en el PN do Araguaia. En MT el aficionado solo puede sacrificar para consumo en el lugar (hasta 2 kg o 1 ejemplar, art. 19-C); la medida vale para ese sacrificio.
En Goiás el mandubé solo puede sacrificarse entre 30 y 35 cm, y solo para consumo en el lugar: el transporte está prohibido.
Fuente: IN Semad-GO nº 17/2026, Anexo I (vigencia 28/05/2026; solo consumo en el lugar, transporte cero)
Por encima de 35 cm el mandubé debe devolverse al agua en Goiás.
Fuente: IN Semad-GO nº 17/2026, Anexo I (vigencia 28/05/2026; solo consumo en el lugar, transporte cero)
En Tocantins el mandubé (Ageneiosus spp.) solo puede retenerse entre 35 y 50 cm. En TO el aficionado no transporta pescado hasta el 28/02/2029, salvo 1 ejemplar nativo; puede consumir hasta 3 kg en el lugar (Portaria Naturatins 44/2026).
Fuente: Portaria Naturatins nº 47/2026, Anexo I, redacción de la Portaria nº 105/2026
Por encima de 50 cm el mandubé debe devolverse al agua en Tocantins.
Fuente: Portaria Naturatins nº 47/2026, Anexo I, redacción de la Portaria nº 105/2026
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Permitido: Pesca de subsistencia de ribereños y pesca científica autorizada. El Decreto 15.166/2019 (art. 11, §5º) admite captura y suelta solo en febrero y solo en los cauces de los ríos Paraguay y Paraná. En el resto del período ni siquiera hay captura y suelta. Confirma la portaria del Imasul de cada temporada.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.166/2019, art. 11; IN IBAMA nº 201/2008
Permitido: Todas las modalidades de pesca quedan prohibidas en los ríos, incluida la captura y suelta (Ley 9.096/2009, art. 19-A). Excepciones: subsistencia desde tierra (3 kg o 1 ejemplar, sin transporte ni venta) y pesca científica. La Ley 13.159/2025 pasó a admitir pesca deportiva licenciada en embalses de UHE/PCH, lagos naturales y ríos de frontera, condicionada a estudio científico y a licencia del órgano ambiental. No confirmamos si esas licencias ya se emiten.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con línea de mano, caña o reel frontal o rotativo. El pescado solo puede consumirse en el lugar, sin transporte. Competiciones prohibidas. Subsistencia: 3 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales (GO y TO) pueden ser más restrictivas.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con consumo en el lugar. Subsistencia: 5 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales pueden ser más restrictivas.
Permitido: En 2025/26: captura y suelta con anzuelo sin púa y carné de pesca recreativa; subsistencia a pie o en bote a remo, con caña simple o línea de mano.
Fuente: Portaria Naturatins nº 244/2025 (temporada 2025/26); INI MPA/MMA nº 12 y 13/2011
Permitido: Mismas excepciones para el pescador deportivo/recreativo previstas en la Portaria 48/2007 (línea de mano o caña, 5 kg + 1 ejemplar), salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: El pescador deportivo/recreativo con línea de mano o caña, línea y anzuelo queda fuera de las prohibiciones del Anexo II, con cupo de 5 kg + 1 ejemplar, salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Solo pesca de subsistencia.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Mira las excepciones de la Portaria 48/2007 y las reglas estatales de cada margen.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Cuidado con la espina aserrada de la dorsal de los machos: sujétalo por debajo, saca el anzuelo con pinza y suéltalo rápido.
Carne blanca y delicada, una de las más finas entre los bagres. Frita en postas, asada o en moqueca.
Relación peso-longitud W = a·Lb (a = 0.00955, b = 3.04; FishBase). Es un promedio: un pez gordo o flaco puede variar de 10% a 20%.
peso estimado
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Los pesos de temporada (meses), el horario y las sensibilidades (frío, presión, luna, viento, lluvia, marea, luz fuerte, agua turbia y ruido) son estimaciones editoriales de la app, hechas a partir de la literatura de abajo y de la experiencia de campo de pescadores y guías. No son un dato oficial ni una medición hecha para esta especie y pueden variar por región y año. Las vedas y las reglas legales aparecen en la sección de reglas, con norma y enlace.
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