Veda en Goiás (regla estatal)
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Batrochoglanis raninus
Bagre de la cuenca amazónica y de las Guayanas, llamado pacamão. Vive escondido bajo ramas y piedras y tiene uso en la pesca comercial y en acuarios públicos.
También llamado: pacamão, bagre
Bagre de la familia Pseudopimelodidae, de cabeza ancha, boca grande y barbillas alrededor de la boca. Llega a 20 cm. Vive en la cuenca amazónica y en los ríos de las Guayanas, en arroyos y ríos, en los tramos profundos y sombreados de corriente débil, con fondo de grava cubierto de restos vegetales. Durante el día se esconde bajo ramas o piedras y caza al acecho, tragando las presas que pasan a su alcance. De pequeño come microcrustáceos y larvas de insectos acuáticos. Al crecer, pasa a comer peces de buen tamaño. Tiene uso en la pesca comercial y en acuarios públicos.
Ficha esencial. Identificación, dónde se encuentra y reglas, con datos de FishBase y de las normas citadas. La época, el horario, la técnica y la carnada entran cuando tengamos una buena fuente para el bagre pacamão; mientras tanto, mira las especies parecidas.
Bagre de fondo, de cabeza ancha y barbillas alrededor de la boca, como los demás de la familia Pseudopimelodidae. Vive en tramos profundos y sombreados, escondido bajo ramas y piedras durante el día. En la Amazonia puede confundirse con Pseudopimelodus pulcher, otro bagre de fondo de la familia, que vive en la parte alta de la cuenca. El lugar de captura y el hábito de esconderse ayudan a separarlos.
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Cada tarjeta muestra el índice del día (0 a 100) y, debajo, la tira con el índice de cada hora, de 0h a 23h. de floja a excelente.
Ficha esencial: el índice usa el perfil general de los peces (clima, sol, luna y marea), sin época ni horario propios de esta especie.
Se distribuye en la cuenca amazónica y en los ríos de las Guayanas, en Bolivia, Brasil, Guayana Francesa, Guyana, Perú y Surinam. En Brasil hay registros también en la cuenca del Tocantins-Araguaia.
Hábitat: Fondo de ríos y arroyos sombreados, con corriente débil y grava cubierta de restos vegetales.
nativa de las cuencas
Resumen de las normas que encontramos, con la fuente de cada una. Las reglas cambian; antes de sacrificar o transportar, verifica con el organismo ambiental del estado.
Conservación: No figura en la lista nacional brasileña (Portaria GM/MMA n.º 1.667/2026).
No encontramos una regla específica para esta especie además de las reglas generales de la región.
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Permitido: Todas las modalidades de pesca quedan prohibidas en los ríos, incluida la captura y suelta (Ley 9.096/2009, art. 19-A). Excepciones: subsistencia desde tierra (3 kg o 1 ejemplar, sin transporte ni venta) y pesca científica. La Ley 13.159/2025 pasó a admitir pesca deportiva licenciada en embalses de UHE/PCH, lagos naturales y ríos de frontera, condicionada a estudio científico y a licencia del órgano ambiental. No confirmamos si esas licencias ya se emiten.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con línea de mano, caña o reel frontal o rotativo. El pescado solo puede consumirse en el lugar, sin transporte. Competiciones prohibidas. Subsistencia: 3 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales (GO y TO) pueden ser más restrictivas.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con consumo en el lugar. Subsistencia: 5 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales pueden ser más restrictivas.
Permitido: En 2025/26: captura y suelta con anzuelo sin púa y carné de pesca recreativa; subsistencia a pie o en bote a remo, con caña simple o línea de mano.
Fuente: Portaria Naturatins nº 244/2025 (temporada 2025/26); INI MPA/MMA nº 12 y 13/2011
Permitido: Mismas excepciones para el pescador deportivo/recreativo previstas en la Portaria 48/2007 (línea de mano o caña, 5 kg + 1 ejemplar), salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: El pescador deportivo/recreativo con línea de mano o caña, línea y anzuelo queda fuera de las prohibiciones del Anexo II, con cupo de 5 kg + 1 ejemplar, salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Solo pesca de subsistencia.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Mira las excepciones de la Portaria 48/2007 y las reglas estatales de cada margen.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
No es peligroso para quien pesca. Como otros bagres, tiene espinos en las aletas: sujétalo firme por el cuerpo, con la mano mojada, lejos de los barbillones.
Relación peso-longitud W = a·Lb (a = 0.01047, b = 3.14; FishBase (relação peso-comprimento bayesiana, estimativa da própria espécie)). Es un promedio: un pez gordo o flaco puede variar de 10% a 20%.
peso estimado
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Ficha esencial: tamaño, relación peso-longitud, profundidad, países y conservación vienen de FishBase y de las normas citadas, y los textos se escribieron a partir de esas fuentes. Época, horario, sensibilidades, técnica y carnadas y señuelos todavía no entran, porque no encontramos una buena fuente para esta especie.
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