Veda en Goiás (regla estatal)
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Pachypops fourcroi
Corvina de agua dulce de las cuencas Amazónica y del Orinoco y de los ríos de las Guayanas. Es un pez importante como alimento y a veces aparece en la línea.
También llamado: pescada-cabeça-dura, corvina, pescada, curbinata, Guyanan croaker
Pez de la familia Sciaenidae, de las corvinas, de agua dulce. Llega a 25 cm. Se distribuye en las cuencas Amazónica y del Orinoco y en los ríos de las Guayanas, con registros también en Argentina y Uruguay. Vive entre el fondo y la columna de agua media, sobre todo en arroyos, donde puede encontrarse bien por encima de grandes caídas de agua, y también en estuarios. Se alimenta de peces y puede formar pequeños cardúmenes. Es un pez importante como alimento, con uso en la pesca comercial y en la acuicultura.
Ficha esencial. Identificación, dónde se encuentra y reglas, con datos de FishBase y de las normas citadas. La época, el horario, la técnica y la carnada entran cuando tengamos una buena fuente para la morralla; mientras tanto, mira las especies parecidas.
Corvina de agua dulce, de cuerpo alargado y robusto, típica de la familia Sciaenidae. Vive sobre todo en arroyos y por encima de grandes caídas de agua, mientras que la pescada-preta, que se encuentra en las mismas cuencas, aparece más en estuarios. La pescada do Piauí también vive en la Amazonia, por eso el tramo del río donde se pescó el pez es la principal pista.
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Cada tarjeta muestra el índice del día (0 a 100) y, debajo, la tira con el índice de cada hora, de 0h a 23h. de floja a excelente.
Ficha esencial: el índice usa el perfil general de los peces (clima, sol, luna y marea), sin época ni horario propios de esta especie.
Nativa de las cuencas Amazónica y del Orinoco y de los ríos de las Guayanas, con registros también en Argentina y Uruguay. En Brasil se encuentra además en la cuenca del Tocantins-Araguaia.
Hábitat: Arroyos y ríos, incluidos tramos por encima de grandes caídas de agua, y también estuarios.
nativa de las cuencas
Resumen de las normas que encontramos, con la fuente de cada una. Las reglas cambian; antes de sacrificar o transportar, verifica con el organismo ambiental del estado.
Conservación: No figura en la lista nacional brasileña (Portaria GM/MMA n.º 1.667/2026).
No encontramos una regla específica para esta especie además de las reglas generales de la región.
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Permitido: Todas las modalidades de pesca quedan prohibidas en los ríos, incluida la captura y suelta (Ley 9.096/2009, art. 19-A). Excepciones: subsistencia desde tierra (3 kg o 1 ejemplar, sin transporte ni venta) y pesca científica. La Ley 13.159/2025 pasó a admitir pesca deportiva licenciada en embalses de UHE/PCH, lagos naturales y ríos de frontera, condicionada a estudio científico y a licencia del órgano ambiental. No confirmamos si esas licencias ya se emiten.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con línea de mano, caña o reel frontal o rotativo. El pescado solo puede consumirse en el lugar, sin transporte. Competiciones prohibidas. Subsistencia: 3 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales (GO y TO) pueden ser más restrictivas.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con consumo en el lugar. Subsistencia: 5 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales pueden ser más restrictivas.
Permitido: En 2025/26: captura y suelta con anzuelo sin púa y carné de pesca recreativa; subsistencia a pie o en bote a remo, con caña simple o línea de mano.
Fuente: Portaria Naturatins nº 244/2025 (temporada 2025/26); INI MPA/MMA nº 12 y 13/2011
Permitido: Mismas excepciones para el pescador deportivo/recreativo previstas en la Portaria 48/2007 (línea de mano o caña, 5 kg + 1 ejemplar), salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: El pescador deportivo/recreativo con línea de mano o caña, línea y anzuelo queda fuera de las prohibiciones del Anexo II, con cupo de 5 kg + 1 ejemplar, salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Solo pesca de subsistencia.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Mira las excepciones de la Portaria 48/2007 y las reglas estatales de cada margen.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
No es peligrosa para quien pesca, pero tiene espinas en la aleta dorsal: sujétala por el cuerpo, con la mano mojada, y devuelve el pez al agua justo después de la captura.
Es un pez importante como alimento, usado en la pesca comercial y en la acuicultura.
Relación peso-longitud W = a·Lb (a = 0.00575, b = 3.13; FishBase (relação peso-comprimento bayesiana, estimativa)). Es un promedio: un pez gordo o flaco puede variar de 10% a 20%.
peso estimado
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Ficha esencial: tamaño, relación peso-longitud, profundidad, países y conservación vienen de FishBase y de las normas citadas, y los textos se escribieron a partir de esas fuentes. Época, horario, sensibilidades, técnica y carnadas y señuelos todavía no entran, porque no encontramos una buena fuente para esta especie.
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