México: hasta 5 por especie y 10 peces marinos por día
En la pesca deportivo-recreativa en aguas federales mexicanas, cada pescador puede retener hasta 10 peces marinos por día, como máximo 5 de la misma especie. La chopa rayada no está entre las especies reservadas a la pesca deportiva (marlines, pez vela, pez espada, sábalo, pez gallo y dorado, hasta 50 millas náuticas de la costa, apartado 0.3 de la norma) y no tiene cupo propio. Lo que exceda el cupo vuelve vivo al agua, y el pez de la pesca deportiva no puede venderse. Quien pesca desde embarcación necesita permiso individual; desde la orilla, no. En torneos de pesca deportiva el cebado (arrojar carnada para atraer a los peces) está expresamente prohibido (apartado 4.8).
