Veda en Goiás (regla estatal)
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Heros severus
Acará de aguas blandas y ácidas del alto Orinoco y del alto río Negro, cuyos padres protegen los huevos y llevan las larvas en la boca. Se pesca para comercio y se vende para acuario.
También llamado: acará-peba, acará-piranga, acará-preto, vieja, banded cichlid
El acará-peba es un cíclido de la familia Cichlidae, que llega a 20 centímetros. Se encuentra en el alto Orinoco, en Colombia y Venezuela, y en el alto río Negro, en Brasil. Vive entre el fondo y la media agua, en aguas blandas y ácidas (pH entre 5 y 6,5), y también se menciona en agua salobre. Desova sobre piedras o raíces, con hasta 200 huevos, que defienden los dos padres. Las larvas son llevadas en la boca, y los cuidados de los padres pueden durar hasta seis semanas. En la pesca tiene uso comercial, y la especie también se vende para acuario.
Ficha esencial. Identificación, dónde se encuentra y reglas, con datos de FishBase y de las normas citadas. La época, el horario, la técnica y la carnada entran cuando tengamos una buena fuente para el vieja rayada.
Cíclido de cuerpo comprimido lateralmente, con bandas oscuras en el cuerpo y la aleta dorsal espinosa. Los tres nombres populares, acará-peba, acará-piranga y acará-preto, valen para la misma especie. Para reconocerlo, fíjate en las bandas, en el tamaño (hasta 20 centímetros) y en el lugar: aguas blandas y ácidas del alto Orinoco y del alto río Negro.
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Cada tarjeta muestra el índice del día (0 a 100) y, debajo, la tira con el índice de cada hora, de 0h a 23h. de floja a excelente.
Ficha esencial: el índice usa el perfil general de los peces (clima, sol, luna y marea), sin época ni horario propios de esta especie.
Se encuentra en el norte de América del Sur, en el alto Orinoco, en Colombia y Venezuela, y en el alto río Negro, en Brasil, en aguas blandas y ácidas.
Hábitat: Aguas blandas y ácidas, desde el fondo hasta la media agua, a veces en tramos salobres.
nativa de las cuencas
Resumen de las normas que encontramos, con la fuente de cada una. Las reglas cambian; antes de sacrificar o transportar, verifica con el organismo ambiental del estado.
Conservación: No figura en la lista nacional brasileña (Portaria GM/MMA n.º 1.667/2026).
No encontramos una regla específica para esta especie además de las reglas generales de la región.
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Permitido: Todas las modalidades de pesca quedan prohibidas en los ríos, incluida la captura y suelta (Ley 9.096/2009, art. 19-A). Excepciones: subsistencia desde tierra (3 kg o 1 ejemplar, sin transporte ni venta) y pesca científica. La Ley 13.159/2025 pasó a admitir pesca deportiva licenciada en embalses de UHE/PCH, lagos naturales y ríos de frontera, condicionada a estudio científico y a licencia del órgano ambiental. No confirmamos si esas licencias ya se emiten.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con línea de mano, caña o reel frontal o rotativo. El pescado solo puede consumirse en el lugar, sin transporte. Competiciones prohibidas. Subsistencia: 3 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales (GO y TO) pueden ser más restrictivas.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con consumo en el lugar. Subsistencia: 5 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales pueden ser más restrictivas.
Permitido: En 2025/26: captura y suelta con anzuelo sin púa y carné de pesca recreativa; subsistencia a pie o en bote a remo, con caña simple o línea de mano.
Fuente: Portaria Naturatins nº 244/2025 (temporada 2025/26); INI MPA/MMA nº 12 y 13/2011
Permitido: Mismas excepciones para el pescador deportivo/recreativo previstas en la Portaria 48/2007 (línea de mano o caña, 5 kg + 1 ejemplar), salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: El pescador deportivo/recreativo con línea de mano o caña, línea y anzuelo queda fuera de las prohibiciones del Anexo II, con cupo de 5 kg + 1 ejemplar, salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Solo pesca de subsistencia.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Mira las excepciones de la Portaria 48/2007 y las reglas estatales de cada margen.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
No tiene veneno, pero la dorsal tiene espinos que pueden pinchar. Sujétalo por el cuerpo con cuidado.
Relación peso-longitud W = a·Lb (a = 0.02951, b = 3.03; FishBase (relação peso-comprimento bayesiana, estimativa)). Es un promedio: un pez gordo o flaco puede variar de 10% a 20%.
peso estimado
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Ficha esencial: tamaño, relación peso-longitud, profundidad, países y conservación vienen de FishBase y de las normas citadas, y los textos se escribieron a partir de esas fuentes. Época, horario, sensibilidades, técnica y carnadas y señuelos todavía no entran, porque no encontramos una buena fuente para esta especie.
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