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catálogo Triakidae · depredador

cazón pardo

Mustelus henlei

Mar

Cazón pequeño del Pacífico oriental, que vive en el fondo de la plataforma y come cangrejos, camarones y calamares. Preocupación Menor a nivel mundial y muy pescado desde México hasta Perú, en la pesca comercial y deportiva.

También llamado: cação-pardo

Ilustración científica de Cazón pardo
tamaño común
—
máximo
100 cm
peso común
—
récord/máx.
— kg
profundidad
0–281 m
agua ideal
15–22 °C
visión general

quién es el cazón pardo

El cazón pardo (brown smooth-hound, en inglés) vive en el fondo de la plataforma continental del Pacífico oriental, desde el norte de California hasta el golfo de California y desde Ecuador hasta Perú, desde la zona de marea hasta más de 200 m (hasta 281 m). Los adultos comen cangrejos, camarones fantasma, camarones mantis, isópodos, calamares, poliquetos, tunicados y peces pequeños. Es vivíparo, con placenta de saco vitelino, con 3 a 5 crías de 19 a 21 cm por camada. Se vende fresco, ahumado y congelado, y FishBase señala pesca comercial intensa y uso en la pesca deportiva. La IUCN lo considera Preocupación Menor (LC, 2024). No ocurre en Brasil.

curiosidades

  • Se adapta bien al cautiverio (FishBase).
  • La poliandria (hembra con crías de más de un macho) es común entre los elasmobranquios y, en esta especie, la frecuencia varía según el lugar y la densidad de animales reproductores (FishBase).
  • FishBase clasifica la pesca de la especie como altamente comercial y la incluye entre los peces de pesca deportiva.
cómo reconocerlo

identificación

Cazón pequeño y esbelto, pardo por arriba y claro por abajo (de ahí el nombre brown smooth-hound, en inglés). Como los demás Mustelus, tiene dientes bajos, en mosaico, y dorsales sin espinas. Entre los Mustelus del Pacífico oriental es difícil distinguirlo solo por la apariencia: México tiene varios, como M. lunulatus, M. dorsalis y M. californicus, y la identificación segura exige examinar al animal en la mano.

cómo está la pesca de cazón pardo

Cargando los próximos 7 días…

Cada tarjeta muestra el índice del día (0 a 100) y, debajo, la tira con el índice de cada hora, de 0h a 23h. de floja a excelente.

distribución

dónde hay

abrir en el mapa grande

Pacífico oriental: desde el norte de California (EE. UU.) hasta el golfo de California (México) y desde Ecuador hasta Perú, según FishBase. No ocurre en el Atlántico ni en Brasil.

Hábitat: Fondo de la plataforma continental, desde la zona de marea hasta más de 200 m (hasta 281 m).

calendario y reloj

cuándo pescar

mejor época

época del año
enefebmarabrmayjunjulagosepoctnovdic

Estimación: sin época conocida. FishBase no trae estacionalidad para la especie. En México, consulta las vedas anuales de tiburones y rayas en la sección de reglas.

mejor horario

0h6h12h18h salida ~6hpuesta ~18h

Cualquier hora. Caza en el fondo; FishBase no señala un horario preferido.

clima, agua y comportamiento

qué afecta a el cazón pardo
sensibilidad Las barritas muestran cuánto influye cada factor en esta especie. Cinco llenas: lo siente mucho.

frío y frente frío

Especie de aguas subtropicales, con límites de latitud amplios (de 48°N a 18°S, FishBase); el efecto del frío está poco medido.

presión atmosférica

Poco conocido.

luna

Poco conocido.

lluvia

Poco relevante.

nivel del agua

No se aplica en el mar.

ruido

Poco conocido.

viento

El mar picado impide la pesca desde la playa y en barco pequeño.

marea

Poco conocido.

profundidad

De 0 a 281 m (FishBase).

técnica, equipo y carnada

cómo pescar

caña
playa: 12' a 14' para plomada de 100 a 150 g; embarcado: 6' a 7', 15 a 30 lb
reel frontal / reel rotativo
molinete 5000 a 7000
línea
monofilamento 0,35 a 0,45 mm
líder
monofilamento 0,60 mm
anzuelo
anzuelo circular 2/0 a 4/0, de preferencia sin rebaba

carnadas

  • camarón
  • lula
  • filete de pescado
  • caranguejo

accesorios

  • alicate de corte
  • desanzuelador de mango largo
  • luvas

consejo de quien pesca

En México, la cuota es de un tiburón por pescador por día y las vedas anuales valen también para la pesca deportiva; en Panamá, la captura de tiburones en la pesca deportiva quedará prohibida a partir de alrededor de diciembre de 2026.

lo que dice la ley

reglas para el cazón pardo

Resumen de las normas que encontramos, con la fuente de cada una. Las reglas cambian; antes de sacrificar o transportar, verifica con el organismo ambiental del estado.
Conservación: Global: Preocupación Menor (LC), evaluada el 20/08/2024 (IUCN, versión 2025-2, vía FishBase). No ocurre en Brasil y, por eso, no consta en la lista nacional.

México: como máximo 1 tiburón por pescador por día

1 ejemplar por pescador por día (vale por 5 en el cupo de 10)

En la pesca deportivo-recreativa en aguas marinas mexicanas, el límite para tiburones es de un ejemplar por pescador por día, que cuenta como cinco en el límite total de diez peces (máximo cinco de la misma especie). Los ejemplares por encima de la cuota solo pueden devolverse vivos, en buenas condiciones de supervivencia (captura y suelta), y el pescado de la pesca deportiva no puede venderse. Tampoco se puede pescar en zonas y épocas de veda ni en áreas naturales protegidas sin las autorizaciones propias. Para la NOM-017, los cazones Mustelus entran como "tiburón".

Fuente: NOM-017-PESC-1994 (pesca deportivo-recreativa), modificación publicada en el DOF, ítems 4.9.1 a y b, 4.9.5, 4.10 y 4.11 (Sagarpa/Conapesca)

México: la NOM-029-PESC-2006 regula la pesca comercial de tiburones y rayas

La NOM-029 es la norma de la pesca de tiburones y rayas a escala comercial: vale para los titulares de permisos de pesca dirigida a esos animales y para quien los captura por casualidad (numeral 1.2), y trata de embarcaciones de pesca comercial (numeral 4.2.1); la pesca deportiva tiene norma propia, la NOM-017. Prohíbe aprovechar solo las aletas de los tiburones (numeral 4.2.1) y prevé vedas y zonas vedadas, fijadas por aviso en el DOF, para la pesca dirigida (numerales 4.2.3 y 4.3.4: nada de pesca dirigida en veda, a 5 km de arrecifes de coral, frente a bocas de ríos y lagunas, frente a playas de desove de tortugas y cerca de colonias de lobos marinos). La especie consta en el Apéndice Normativo A, en la lista de tiburones del Pacífico ("tiburón mamón, mamón pardo").

Fuente: NOM-029-PESC-2006, Pesca responsable de tiburones y rayas (DOF de 14/02/2007), ítems 1.2, 4.2.1, 4.2.3, 4.3.4 y Apéndice Normativo A (Sagarpa)

México: vedas anuales de tiburones y rayas (consulta las fechas del año)

confirma con el organismo

La NOM-017 (numeral 4.10 a) prohíbe la pesca deportiva en zonas y épocas de veda, y la NOM-029 (numeral 4.2.3) manda a la autoridad fijar vedas para tiburones y rayas mediante aviso en el DOF; las fechas cambian y varían según el litoral. El 01/08/2025 la Secretaría de Agricultura y la Conapesca anunciaron, para el litoral del Pacífico, el aprovechamiento de tiburones y rayas del 1 de agosto al 30 de abril (los meses de mayo a julio quedan fuera, interpretación nuestra a partir del anuncio) y, en Tabasco, Campeche y Yucatán, veda del 1 al 29 de agosto. No encontramos el aviso oficial vigente en 2026: confirma las fechas con la Conapesca antes de pescar.

Fuente: NOM-017-PESC-1994, ítem 4.10 a; NOM-029-PESC-2006, ítem 4.2.3; nota de la Crónica sobre el anuncio de Agricultura y Conapesca del 01/08/2025

Panamá: los tiburones y las rayas no pueden capturarse en la pesca deportiva

captura, retención y desembarque prohibidos (a partir de alrededor del 10/12/2026)

El Decreto Ejecutivo 9/2026 (art. 19) prohíbe, en todo el territorio nacional y en la pesca deportiva, recreativa o turística, la captura, la retención, el manejo con fines lúdicos, el aprovechamiento y el desembarque de tiburones y rayas (subclase Elasmobranchii). Si uno de ellos se engancha sin querer, debe soltarse de inmediato, sin sacarlo por completo del agua y sin manipularlo innecesariamente. También está prohibido promoverlos como objetivo en torneos (art. 19) y vender el pescado (art. 20). El decreto entra en vigor seis meses después de su promulgación el 10/06/2026 (art. 40), alrededor del 10/12/2026, y deroga el Resuelto ADM/ARAP 002/2012 (art. 39). Confirma la fecha con la ARAP.

Fuente: Decreto Ejecutivo nº 9, de 10/06/2026, arts. 19, 20, 39 y 40 (Ministerio de Desarrollo Agropecuario / Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, Gaceta Oficial nº 30543-E)

captura y suelta
captura y suelta Devolver el pez vivo, rápido y con la mano mojada. En veda no siempre está permitido: vale lo que dice la norma.

Saca el anzuelo con el desanzuelador todavía en el agua, o con el animal mojado, sujetándolo por el cuerpo y lejos de la boca, y devuélvelo pronto. Es pequeño y aguanta bien la suelta rápida.

en la cocina

FishBase registra el consumo humano, fresco, ahumado y congelado. En México rige el límite de un tiburón por pescador por día, y el pescado de la pesca deportiva no puede venderse.

calculadora

cuánto pesa sin sacarlo del agua

Relación peso-longitud W = a·Lb (a = 0.00229, b = 3.14; FishBase (relação peso-comprimento bayesiana, estimativa pelo gênero e formato do corpo)). Es un promedio: un pez gordo o flaco puede variar de 10% a 20%.

peso estimado

—

fuentes y referencias

Los factores de temporada (meses), el horario, las sensibilidades (frío, presión, luna, viento, lluvia, marea, luz fuerte, agua turbia y ruido) y la franja de temperatura del agua son estimaciones editoriales de la app, apoyadas en FishBase y en la literatura citada abajo, sin medición propia para esta especie. Los meses indican la época en que el pescador puede encontrar la especie cerca de la costa, no una temporada de captura. No son datos oficiales y pueden variar según la región y el año. Las reglas legales aparecen en la sección de reglas, con norma y enlace.

  1. científica FishBase: Mustelus henlei (ficha da espécie)Tamaño, relación peso-longitud, profundidad, ambiente, distribución, biología y estado de la IUCN. Página revisada el 13/10/2026.
  2. científica FishBase: nomes populares de Mustelus henleiNombres por país e idioma.
  3. oficial México: Modificación a la NOM-017-PESC-1994 (pesca deportivo-recreativa), DOFTexto oficial en el Diario Oficial de la Federación; numerales 4.9.1, 4.9.5, 4.10 y 4.11 revisados el 13/10/2026.
  4. oficial México: NOM-029-PESC-2006, pesca responsável de tubarões e raias (DOF de 14/02/2007)Copia del texto publicado en el DOF, en la plataforma de normalización de la Secretaría de Economía. Numerales 1.2, 4.2.1, 4.2.3 y 4.3.4 y el Apéndice Normativo A revisados el 13/10/2026. La norma se escribió para la pesca comercial; la pesca deportiva tiene su propia norma, la NOM-017.
  5. prensa Crónica: Anuncian periodos de veda y aprovechamiento de especies marinas (Agricultura e Conapesca, 01/08/2025)Nota de prensa que reproduce el anuncio de la Secretaría de Agricultura y de Conapesca para tiburones y rayas en el Pacífico y en Tabasco, Campeche y Yucatán. No se localizó el aviso oficial vigente en 2026; confirma las fechas con Conapesca.
  6. oficial Panamá: Decreto Ejecutivo nº 9, de 10 de junho de 2026 (pesca deportiva), Gaceta Oficial Digital nº 30543-EArt. 19 (prohibición de captura, retención y desembarque de tiburones y rayas en la pesca deportiva), art. 20 (prohibición de venta), art. 39 (deroga el Resuelto ADM/ARAP 002/2012) y art. 40 (vigencia a los seis meses). Art. 19 revisado en el texto el 13/10/2026.
no confundas

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