Puerto Rico (aguas federales): hasta 5 por persona por día
En las aguas federales alrededor de Puerto Rico (fuera de las aguas del territorio, desde 9 millas de la costa), el pescador recreativo puede llevar como máximo 5 peces por día, sumando peces ángel, roncos, jureles y otros carángidos, peces cirujano, peces ballesta y doncellas (hasta 15 por barco cuando hay 3 o más personas a bordo; como máximo 1 cirujano por persona). El galo-de-penacho (African pompano) está en la lista de carángidos (jacks) del plan de manejo federal de EE. UU. para Puerto Rico. La cuota no vale para quien tiene licencia comercial de Puerto Rico o de las Islas Vírgenes de EE. UU.
Fuente: 50 CFR 622.444(a)(2) (NOAA Fisheries, EE. UU.), redacción de 90 FR 26940, del 25/06/2025