MS: mínimo 40 cm
Talla mínima de la jurupoca en MS.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.375/2020 (modifica el Decreto nº 15.166/2019), art. 9º - Semadesc/Imasul
Hemisorubim platyrhynchos
Bagre de pico de pato y manchas grandes. Aparece en la pesca de fondo nocturna del Pantanal y del Paraná, junto con cachara y barbado.
También llamado: jurupoca, jiripoca
Bagre de cuero de tamaño mediano, común en el Pantanal y en los grandes ríos de las cuencas del Paraná y la Amazonia. Caza de noche en playas de arena, remansos y orillas de barranco, comiendo peces pequeños y camarones. Aparece mucho como captura accesoria en la pesca de fondo para cachara y pintado. Pelea poco, pero es fácil de pescar y tiene carne muy buena. Los pescadores pantaneros lo reconocen por la cabeza ancha y aplanada, con el mentón hacia afuera. El mínimo es 40 cm en MS y MT.
Cabeza muy ancha y aplanada, como pico de pato, con la mandíbula inferior más larga que la superior. Cuerpo gris claro a amarillento, con pocas manchas oscuras grandes y redondeadas, bien espaciadas. El pintado y la cachara tienen mandíbula superior mayor, cabeza más larga y un patrón de pintas o franjas mucho más denso.
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Ríos del Pantanal (Paraguay, Cuiabá, Miranda, Taquari), cauce del Paraná y grandes afluentes; también Amazonia y Araguaia.
Hábitat: Playas de arena, remansos, orillas de barranco y bocas de bahía de noche.
nativa de las cuencas
estados
Mato Grosso do Sul, Mato Grosso, São Paulo, Paraná, Goiás, Amazonas, Pará, Tocantins
destinos famosos
Vaciante y sequía en el Pantanal, de abril a octubre.
Nocturno. Activo de noche, sobre todo en las primeras horas después de la puesta del sol.
El friaje reduce la actividad.
Poco efecto conocido.
Las noches oscuras favorecen la orilla.
Poco efecto.
Las playas de arena expuestas en la sequía son buenos puntos.
Fondea en silencio.
Poco efecto.
Poco profundo de noche, 1 a 4 m.
carnadas
accesorios
Carnada en el fondo, en la transición de la playa de arena al canal, justo después del anochecer.
Pesca de surubí, cachara y jaú en el Pantanal y en ríos de la cuenca del Paraguay, con cebo natural, bajando el río en barco (deriva) o quieto en el barranco y la poza.
guíaCómo armar el equipo, elegir el señuelo, sentir el fondo, decidir entre anclar y arrastrar, los mejores horarios y el respeto a los guías de pesca y a los ribereños.
Resumen de las normas que encontramos, con la fuente de cada una. Las reglas cambian; antes de sacrificar o transportar, verifica con el organismo ambiental del estado.
Talla mínima de la jurupoca en MS.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.375/2020 (modifica el Decreto nº 15.166/2019), art. 9º - Semadesc/Imasul
Talla mínima en la cuenca del Paraguay en MT.
Fuente: Lei estadual MT nº 9.096/2009, art. 28 y Anexo I (cuenca del Paraguay) - Sema-MT
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.166/2019, art. 9º (redacción del Decreto nº 15.375/2020)
Fuente: Portaria IAT nº 650/2025, Anexo I (cuencas interiores del PR, excepto Iguazú y litoral)
Fuente: Portaria Naturatins nº 47/2026, Anexo I, redacción de la Portaria nº 105/2026
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo de especies no nativas e híbridos (pavón, tilapia, black bass, carpa, corvina, etc.; el piauçu sigue prohibido), con línea de mano, caña simple o caña con reel frontal o rotativo, hasta 10 kg + 1 ejemplar. En los ríos, solo desde tierra; en los embalses, desde barco o desde tierra. Prohibido: lagunas marginales, carnada de animal acuático, a menos de 1.500 m de presas y cascadas, y a menos de 500 m de confluencias. Torneos solo en embalses y solo con especies no nativas.
Fuente: IN IBAMA nº 25/2009
Permitido: Solo especies exóticas o híbridas, 3 kg + 1 ejemplar por día, con línea de mano, caña, caña simple o reel frontal o rotativo. Redes prohibidas. Respeta las distancias mínimas de presas y represas.
Fuente: Portarias IEF nº 154/2011 (São Francisco), 155/2011 (Este) y 156/2011 (Grande/Paranaíba)
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Permitido: Pesca de subsistencia de ribereños y pesca científica autorizada. El Decreto 15.166/2019 (art. 11, §5º) admite captura y suelta solo en febrero y solo en los cauces de los ríos Paraguay y Paraná. En el resto del período ni siquiera hay captura y suelta. Confirma la portaria del Imasul de cada temporada.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.166/2019, art. 11; IN IBAMA nº 201/2008
Permitido: Todas las modalidades de pesca quedan prohibidas en los ríos, incluida la captura y suelta (Ley 9.096/2009, art. 19-A). Excepciones: subsistencia desde tierra (3 kg o 1 ejemplar, sin transporte ni venta) y pesca científica. La Ley 13.159/2025 pasó a admitir pesca deportiva licenciada en embalses de UHE/PCH, lagos naturales y ríos de frontera, condicionada a estudio científico y a licencia del órgano ambiental. No confirmamos si esas licencias ya se emiten.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con línea de mano, caña o reel frontal o rotativo. El pescado solo puede consumirse en el lugar, sin transporte. Competiciones prohibidas. Subsistencia: 3 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales (GO y TO) pueden ser más restrictivas.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con consumo en el lugar. Subsistencia: 5 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales pueden ser más restrictivas.
Permitido: En 2025/26: captura y suelta con anzuelo sin púa y carné de pesca recreativa; subsistencia a pie o en bote a remo, con caña simple o línea de mano.
Fuente: Portaria Naturatins nº 244/2025 (temporada 2025/26); INI MPA/MMA nº 12 y 13/2011
Permitido: Mismas excepciones para el pescador deportivo/recreativo previstas en la Portaria 48/2007 (línea de mano o caña, 5 kg + 1 ejemplar), salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: El pescador deportivo/recreativo con línea de mano o caña, línea y anzuelo queda fuera de las prohibiciones del Anexo II, con cupo de 5 kg + 1 ejemplar, salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Solo pesca de subsistencia.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Mira las excepciones de la Portaria 48/2007 y las reglas estatales de cada margen.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Sujétalo por la nuca, lejos de las espinas pectorales, y suéltalo en el agua.
Carne blanca, tierna y sin espinas; muy buena frita o en caldo.
Relación peso-longitud W = a·Lb (a = 0.00692, b = 3.11; FishBase). Es un promedio: un pez gordo o flaco puede variar de 10% a 20%.
peso estimado
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Los pesos de temporada (meses), el horario y las sensibilidades (frío, presión, luna, viento, lluvia, marea, luz fuerte, agua turbia y ruido) son estimaciones editoriales de la app, hechas a partir de la literatura de abajo y de la experiencia de campo de pescadores y guías. No son un dato oficial ni una medición hecha para esta especie y pueden variar por región y año. Las vedas y las reglas legales aparecen en la sección de reglas, con norma y enlace.
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