Talla mínima de 15 cm (ES a RS)
En el litoral de ES a RS está prohibido pescar, mantener a bordo y desembarcar machuelo (sardinha-laje) menor de 15 cm de longitud total. La tolerancia del 20% de la captura (en peso) prevista en la norma sirve para la fiscalización de los desembarques; el recreativo debe soltar los pequeños. La regla no se aplica a la pesca de arrastre.
Fuente: IN MMA nº 53/2005, Anexo II (sardinha-laje, Opisthonema oglinum)