Veda de la arawana (AM, AC, AP)
En Amazonas, Acre y Amapá la arawana está en la lista de especies con captura, transporte, almacenamiento y venta prohibidos del 15 de noviembre al 15 de marzo.
Osteoglossum bicirrhosum
Pez largo y plateado que caza en la superficie y salta para atrapar insectos e incluso pequeños animales en las ramas.
También llamado: aruanã, macaco-d'água
La arawana es un pariente antiguo del paiche y vive en la superficie de lagos, igapós y orillas tranquilas. Tiene una boca enorme dirigida hacia arriba y dos barbillas en el mentón que la ayudan a sentir presas en la lámina de agua. Come insectos, arañas, peces pequeños e incluso crías de aves y murciélagos, y es famosa por saltar fuera del agua para atrapar presas en ramas bajas. El macho incuba los huevos y las larvas dentro de la boca durante semanas. En la pesca deportiva ataca señuelos pequeños de superficie y moscas, pero tiene la boca dura y ósea, así que pierde muchos peces en la clavada.
Cuerpo muy largo, comprimido a los lados, como una cinta, con escamas grandes plateadas de reflejo rosado o azulado. Boca grande dirigida hacia arriba con dos barbillas cortas en la punta del mentón. Dorsal y anal largas, casi tocando la cola. El paiche es mucho más grande, redondo y tiene la parte trasera roja. Ningún otro pez de la región tiene las dos barbillas en el mentón.
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Lagos de várzea (llanura inundable), igapós y remansos de la cuenca amazónica y del Araguaia-Tocantins, donde es común en las lagunas del Araguaia.
Hábitat: Lámina de agua de lagos, igapós, remansos y orillas con ramas bajas y vegetación flotante.
nativa de las cuencas
estados
Amazonas, Pará, Amapá, Acre, Rondônia, Roraima, Mato Grosso, Tocantins, Goiás
La bajante y la sequía, de agosto a noviembre, concentran la arawana en los lagos y orillas. En la creciente entra en el igapó.
Día, con picos al amanecer y al atardecer. Caza en la superficie durante el día, con más actividad temprano por la mañana y al final de la tarde.
El friaje saca al pez de la superficie.
El clima estable favorece la caza en la superficie.
Poco efecto.
La lluvia fuerte altera la superficie y estorba.
Lago bajando concentra; repiquete dispersa.
Sensible; se hunde con ruido y tarda en volver.
El viento fuerte riza el agua y reduce la caza en la superficie.
Casi siempre en los primeros 50 cm de agua.
señuelos
carnadas
accesorios
La arawana pica mucho y clava poco. Espera sentir el peso antes de dar la clavada y mantén siempre afilado el anzuelo triple.
Resumen de las normas que encontramos, con la fuente de cada una. Las reglas cambian; antes de sacrificar o transportar, verifica con el organismo ambiental del estado.
Conservación: No consta en la lista nacional (Portaria GM/MMA 1.667/2026). Las larvas y crías son muy explotadas para acuario.
En Amazonas, Acre y Amapá la arawana está en la lista de especies con captura, transporte, almacenamiento y venta prohibidos del 15 de noviembre al 15 de marzo.
En la cuenca del río Negro, desde la frontera con Colombia hasta la desembocadura del río Branco, está prohibida la pesca comercial de arawana. La pesca aficionada, deportiva y ornamental sigue permitida.
El Ipaam fiscaliza una talla mínima de 50 cm para la arawana. Confirma la norma en el organismo estatal (Ipaam).
Fuente: Ipaam (gerencia de control de pesca), norma no confirmada
En Tocantins la arawana solo puede retenerse si mide 50 cm o más.
Fuente: Portaria NATURATINS/GABIN nº 47/2026 (anexos modificados por la Portaria nº 105/2026)
Veda anual en AM para las especies del Anexo II de la Portaria 48/2007: pirapitinga, mapará, sardina, pacu, aruanã y matrinxã. El tambaqui y el paiche (pirarucu) tienen reglas propias (ver los ítems específicos y "prohibiciones").
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Veda anual en AC para las especies del Anexo II: dourada, piraíba, pirapitinga, caparari, aruanã, jaraqui, mapará, sardina, matrinxã y pacu. En el río Acre la veda vale para todas las especies (IN IBAMA 205/2008).
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007; IN IBAMA nº 205/2008 (río Acre)
Fuente: Portaria Naturatins nº 47/2026, Anexo I, redacción de la Portaria nº 105/2026
Fuente: INI MPA/MMA nº 12/2011 (Araguaia) y 13/2011 (Tocantins), anexos de tallas mínimas
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Permitido: Todas las modalidades de pesca quedan prohibidas en los ríos, incluida la captura y suelta (Ley 9.096/2009, art. 19-A). Excepciones: subsistencia desde tierra (3 kg o 1 ejemplar, sin transporte ni venta) y pesca científica. La Ley 13.159/2025 pasó a admitir pesca deportiva licenciada en embalses de UHE/PCH, lagos naturales y ríos de frontera, condicionada a estudio científico y a licencia del órgano ambiental. No confirmamos si esas licencias ya se emiten.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con línea de mano, caña o reel frontal o rotativo. El pescado solo puede consumirse en el lugar, sin transporte. Competiciones prohibidas. Subsistencia: 3 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales (GO y TO) pueden ser más restrictivas.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo en embalses, con consumo en el lugar. Subsistencia: 5 kg + 1 ejemplar. Las reglas estatales pueden ser más restrictivas.
Permitido: En 2025/26: captura y suelta con anzuelo sin púa y carné de pesca recreativa; subsistencia a pie o en bote a remo, con caña simple o línea de mano.
Fuente: Portaria Naturatins nº 244/2025 (temporada 2025/26); INI MPA/MMA nº 12 y 13/2011
Permitido: Mismas excepciones para el pescador deportivo/recreativo previstas en la Portaria 48/2007 (línea de mano o caña, 5 kg + 1 ejemplar), salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: El pescador deportivo/recreativo con línea de mano o caña, línea y anzuelo queda fuera de las prohibiciones del Anexo II, con cupo de 5 kg + 1 ejemplar, salvo norma estatal más restrictiva.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Solo pesca de subsistencia.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Permitido: Mira las excepciones de la Portaria 48/2007 y las reglas estatales de cada margen.
Fuente: Portaria IBAMA nº 48/2007
Cuerpo largo y escamas que se desprenden fácil: sujétala con las dos manos mojadas, apoyando todo el cuerpo, y devuélvela rápido.
Carne blanca, con espinas. Se consume frita o asada en la región, pero se valora más como pez deportivo y ornamental.
Relación peso-longitud W = a·Lb (a = 0.00417, b = 3.1; FishBase (bayesiano, espécie + forma do corpo da família)). Es un promedio: un pez gordo o flaco puede variar de 10% a 20%.
peso estimado
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Los pesos de temporada (meses), el horario y las sensibilidades (frío, presión, luna, viento, lluvia, marea, luz fuerte, agua turbia y ruido) son estimaciones editoriales de la app, hechas a partir de la literatura de abajo y de la experiencia de campo de pescadores y guías. No son un dato oficial ni una medición hecha para esta especie y pueden variar por región y año. Las vedas y las reglas legales aparecen en la sección de reglas, con norma y enlace.
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