Talla mínima de 125 cm o 25 kg
Se prohíbe la captura de pez espada en el litoral brasileño con peso inferior a 25 kg o longitud inferior a 125 cm, medida desde la mandíbula inferior hasta la horquilla de la cola. La portaria tolera hasta el 15% de ejemplares por debajo de la medida sobre el total capturado. No localizamos un acto que la revoque, pero confirma la vigencia en el organismo competente.
Fuente: Portaria IBAMA nº 56, de 2 de agosto de 1995, art. 1º