Talla mínima de 12 cm (ES a RS)
Prohibido pescar, mantener a bordo o desembarcar palombeta de menos de 12 cm de longitud total en el litoral de Espírito Santo, Río de Janeiro, São Paulo, Paraná, Santa Catarina y Rio Grande do Sul. La regla no vale para los peces capturados con arrastre, y la fiscalización tolera hasta un 20% del peso de la captura por debajo de la talla.
Fuente: Instrução Normativa MMA nº 53/2005, arts. 2º y 4º y Anexo II (MMA)