MS: talla mínima 95 cm
Talla mínima del jaú en MS. Cuenta como el único ejemplar nativo del cupo del aficionado.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.375/2020 (modifica el Decreto nº 15.166/2019), art. 9º - Semadesc/Imasul
Zungaro jahu · Pimelodidae · depredador
El gigante de los pozos del Pantanal y del Paraná. Supera los 100 kg, vive en el fondo de los rápidos y exige equipo pesado.
También llamado: jaú, jaú-do-pantanal, jaú-do-paraná

Elige el lugar y la especie. El índice, de 0 a 100, cruza clima, sol, luna y marea con la forma de ser de cada pez. Hasta 28 días, con la confianza de cada día.
Leyendo el clima en 3 modelos globales y 31 simulaciones…
Cada tarjeta muestra el índice del día (0 a 100) y, debajo, la tira con el índice de cada hora, de 0h a 23h. de floja a excelente.
Elige cuántos días de pesca. Comparamos cada secuencia por el índice promedio, descontamos los días con alerta o veda y mostramos las 3 mejores.
Línea: el valor del medio entre 31 simulaciones del modelo estadounidense GEFS. Franja: donde caen 8 de cada 10. Estrecha, tendencia firme; ancha, incertidumbre alta.
El mayor bagre del Pantanal y del alto Paraná. Vive en pozos muy profundos debajo de rápidos y cascadas, en oquedades y pedrales, y sale de noche a cazar peces grandes. El tirón es de fuerza bruta: el jaú se aferra al fondo y trata de volver a su oquedad. Crece despacio y tarda años en reproducirse, por eso sufre mucho con la pesca. En MS solo puede quedarse con él si mide entre 95 y 130 cm; en MT está en la lista de transporte cero y en PR la retención está prohibida. Con un ejemplar grande, lo correcto es soltarlo.
Cuerpo muy grueso y pesado, cabeza ancha y achatada, boca enorme. Barbillas relativamente cortas. Piel gruesa marrón oscura a parduzca, con manchas oscuras marmoleadas en los juveniles y más uniforme en los adultos. La pirarara tiene cola roja. El pintado tiene cabeza de pala y manchas. El barbado es plateado, con barbillas en forma de cinta.
Pozos del río Paraguay y grandes afluentes del Pantanal, río Paraná (tramos libres y debajo de represas), Grande, Paranaíba y Paranapanema; río Uruguay.
Hábitat: Pozos muy profundos debajo de rápidos y cascadas, oquedades, pedrales y pies de represa.
nativa de las cuencas
estados
Mato Grosso do Sul, Mato Grosso, São Paulo, Paraná, Goiás, Minas Gerais
Sequía (julio a octubre): río bajo y pez atrapado en los pozos. En la creciente se vuelve difícil de encontrar.
Nocturno. Pesca nocturna, desde el anochecer hasta la madrugada. De día, solo con carnada quieta en el fondo del pozo.
El friaje fuerte reduce la actividad; vuelve con el agua más cálida.
Las noches bochornosas antes de un frente frío suelen rendir.
La luna oscura suele ser mejor.
Poco efecto en el fondo.
El río bajo retiene al jaú en los pozos conocidos.
Ancla por encima del pozo, sin ruido en el casco.
Casi sin efecto.
Fondo de pozo, 6 a 25 m.
carnadas
accesorios
Carnada en el fondo del pozo y freno bien apretado. En los primeros segundos, sujeta firme: si el jaú entra en la oquedad, la pelea terminó.
Pesca de surubí, cachara y jaú en el Pantanal y en ríos de la cuenca del Paraguay, con cebo natural, bajando el río en barco (deriva) o quieto en el barranco y la poza.
guíaCómo armar el equipo, elegir el señuelo, sentir el fondo, decidir entre anclar y arrastrar, los mejores horarios y el respeto a los guías de pesca y a los ribereños.
Resumen de las normas que encontramos, con la fuente de cada una. Las reglas cambian; antes de sacrificar o transportar, verifica con el organismo ambiental del estado.
Conservación: El crecimiento lento y la maduración tardía hacen a la especie sensible a la pesca.
Talla mínima del jaú en MS. Cuenta como el único ejemplar nativo del cupo del aficionado.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.375/2020 (modifica el Decreto nº 15.166/2019), art. 9º - Semadesc/Imasul
Por encima de 130 cm la captura está prohibida en MS.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.375/2020 (modifica el Decreto nº 15.166/2019), art. 9º - Semadesc/Imasul
El art. 19-B veda durante 5 años (desde el 01/01/2024) transportar, almacenar y comercializar el jaú (género Zungaro) pescado en ríos de MT. El aficionado solo puede quedarse con hasta 2 kg o 1 ejemplar para consumo en el lugar (hasta 500 m del río), y el art. 19-C excluye las especies del art. 19-B: en la práctica, para esta especie, solo captura y suelta. La ley prevé una evaluación tras 3 años (2027) que puede revisar la lista. Lista verificada en el texto consolidado publicado por la Sema-MT el 29/05/2026; la Ley 13.159/2025 no cambió la lista.
Fuente: Lei estadual MT nº 9.096/2009, arts. 19-B y 19-C (incluidos por la Lei nº 12.434/2024) - Sema-MT
En PR el jaú está entre las especies con posesión, retención y transporte prohibidos en las aguas interiores.
Talla mínima federal del jaú en la cuenca del Paraná (la norma usa el nombre Zungaro zungaro).
Fuente: Instrução Normativa Ibama nº 26/2009 (normas de pesca de la cuenca del río Paraná), Anexo
Quedan totalmente prohibidos el transporte, el almacenamiento y la comercialización, por 5 años a partir del 01/01/2024, de: cachara, caparari, dorado, jaú, matrinchã (Brycon spp.), pintado/surubí (Pseudoplatystoma spp.), piraíba, piraputanga, pirarara, paiche (pirarucu), trairão y pavón (Cichla spp.). Para el pescador deportivo/recreativo: solo captura y suelta. Estas 12 especies ni siquiera pueden consumirse en el lugar, ya que el cupo de 2 kg o 1 ejemplar excluye la lista del art. 19-B. La ley cita el jaú como Zungaro zungaro; incluimos también el jaú del Pantanal (Z. jahu) por precaución. Aún pueden cambiar la lista: el §2º (exóticas y depredadoras), el §3º (revisión por estudio) y la evaluación de 3 años prevista para 2027. La noticia del TJMT del 02/06/2026 confirma las 12 especies vedadas. El STF negó medida cautelar en las ADI contra la ley en 2024; no localizamos decisión de fondo.
Quedan vedadas la posesión, la matanza y el transporte de estas especies en las aguas interiores de Paraná (cuencas del Paraná y del Atlántico Sudeste, salvo el río Iguaçu y el litoral). Solo captura y suelta, con suelta inmediata en el mismo lugar.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.166/2019, art. 9º (redacción del Decreto nº 15.375/2020)
Fuente: IN IBAMA nº 26/2009, Anexo (cuenca del río Paraná; prevalecen las normas estatales más restrictivas)
Permitido: Pesca deportiva/recreativa solo de especies no nativas e híbridos (pavón, tilapia, black bass, carpa, corvina, etc.; el piauçu sigue prohibido), con línea de mano, caña simple o caña con reel frontal o rotativo, hasta 10 kg + 1 ejemplar. En los ríos, solo desde tierra; en los embalses, desde barco o desde tierra. Prohibido: lagunas marginales, carnada de animal acuático, a menos de 1.500 m de presas y cascadas, y a menos de 500 m de confluencias. Torneos solo en embalses y solo con especies no nativas.
Fuente: IN IBAMA nº 25/2009
Permitido: Solo especies exóticas o híbridas, 3 kg + 1 ejemplar por día, con línea de mano, caña, caña simple o reel frontal o rotativo. Redes prohibidas. Respeta las distancias mínimas de presas y represas.
Fuente: Portarias IEF nº 154/2011 (São Francisco), 155/2011 (Este) y 156/2011 (Grande/Paranaíba)
Permitido: Pesca deportiva y guiada solo en embalses, de captura y suelta con anzuelo sin púa (sin retener, transportar ni consumir). Subsistencia: hasta 5 kg por día, solo para consumo doméstico.
Permitido: Pesca de subsistencia de ribereños y pesca científica autorizada. El Decreto 15.166/2019 (art. 11, §5º) admite captura y suelta solo en febrero y solo en los cauces de los ríos Paraguay y Paraná. En el resto del período ni siquiera hay captura y suelta. Confirma la portaria del Imasul de cada temporada.
Fuente: Decreto estadual MS nº 15.166/2019, art. 11; IN IBAMA nº 201/2008
Permitido: Todas las modalidades de pesca quedan prohibidas en los ríos, incluida la captura y suelta (Ley 9.096/2009, art. 19-A). Excepciones: subsistencia desde tierra (3 kg o 1 ejemplar, sin transporte ni venta) y pesca científica. La Ley 13.159/2025 pasó a admitir pesca deportiva licenciada en embalses de UHE/PCH, lagos naturales y ríos de frontera, condicionada a estudio científico y a licencia del órgano ambiental. No confirmamos si esas licencias ya se emiten.
Permitido: Pesca deportiva/recreativa desde tierra, o desde barco sin motor. Solo línea de mano o caña, línea y anzuelo, un arte por pescador, hasta 5 kg. Prohibido pescar en lagunas marginales, a menos de 1.500 m de presas, a menos de 500 m de confluencias y en tramos listados en la norma (ej.: río Turvo).
Fuente: IN IBAMA nº 193/2008
No lo levantes por la boca: apoya todo el cuerpo, mantenlo en el agua y suéltalo solo cuando nade solo. Puede tardar minutos en recuperarse.
Carne grasa y fuerte; los grandes pueden tener sabor intenso. Solo quédate con el pez dentro de la ventana de MS.
Relación peso-longitud W = a·Lb (a = 0.014697, b = 3.1; FishBase (estimativa bayesiana pela forma da subfamília); coeficiente a ajustado ao porte máximo registrado). Es un promedio: un pez gordo o flaco puede variar de 10% a 20%.
peso estimado
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Los pesos de temporada (meses), el horario y las sensibilidades (frío, presión, luna, viento, lluvia, marea, luz fuerte, agua turbia y ruido) son estimaciones editoriales de la app, hechas a partir de la literatura de abajo y de la experiencia de campo de pescadores y guías. No son un dato oficial ni una medición hecha para esta especie y pueden variar por región y año. Las vedas y las reglas legales aparecen en la sección de reglas, con norma y enlace.
El clima viene de tres modelos globales independientes, cruzados hora a hora: cuando coinciden, la confianza sube; cuando divergen, la franja entre ellos aparece en el gráfico. Más allá de 16 días, usamos el conjunto de 31 simulaciones del GEFS: si 20 de las 31 prevén lluvia, la probabilidad de lluvia es de 65%. El sol y la luna se calculan por astronomía, sin incertidumbre.
El índice suma, con el peso de cada especie: horario (curva de la especie anclada a la salida y puesta del sol reales), luna (tránsitos, salida y puesta, fase), presión (tendencia de 3 h y salto de 24 h), temperatura del agua (en el río, estimada a partir de la temperatura del aire; en el mar, estimada por modelo oceánico), viento, lluvia, nubes, marea y el mes en el ciclo de la especie.
Acierto medido en el proyecto de referencia (4 regiones, 93 días, previsto x observado): la temperatura máxima se equivoca en promedio 0,6 °C al día siguiente y 1,7 °C a 7 días; la lluvia de 5 mm o más se detecta el 76% de las veces al día siguiente y el 57% a 7 días. La detección no lo es todo: la tasa de falsas alarmas aún no está publicada aquí, y 93 días en 4 regiones sigue siendo una muestra pequeña. Ahora también medimos todos los días, en los destinos de la app:
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