Soltar en ambiente natural sin licencia es infracción
prohibido soltar o introducir en ríos, represas y lagosPRSCRSSPMGconfirma con el organismo
Introducir una especie exótica o fuera de su área natural sin dictamen técnico y licencia es infracción ambiental federal. Esto incluye soltar un pez de tanque, pesquero o acuario en un río o represa. En MG, el IEF informa que el repoblamiento sin licencia está prohibido.
Fuente: Lei federal nº 9.605/1998, art. 31, y Decreto federal nº 6.514/2008, art. 25
PR: exóticos liberados; la devolución al agua tiene restricción
captura libre de exóticos; confirma la regla de sueltaPRParanáAtlántico Sudesteconfirma con el organismo
En PR, los peces no nativos pueden capturarse en las cuencas interiores. La Portaria IAT 650/2025 trae una regla sobre la suelta de no nativos, con excepción para los eventos de captura y suelta dirigidos a ellos. Confirma con el IAT antes de devolver el pez al agua.
Fuente: Portaria IAT nº 650/2025 (pesca en las cuencas interiores del PR; sustituyó las Portarias IAT 177/2025 y 223/2025) - Instituto Água e Terra