Talla mínima de 25 cm (ES a RS)
En el litoral de ES a RS está prohibido pescar, mantener a bordo y desembarcar pescadilla real (pescada-foguete) menor de 25 cm de longitud total. La tolerancia del 20% de la captura (en peso) prevista en la norma sirve para la fiscalización de los desembarques; el recreativo debe soltar los pequeños. La regla no se aplica a la pesca de arrastre. La norma usa el nombre Macrodon ancylodon, que en la época incluía la pescadilla del Sudeste y el Sur, hoy M. atricauda.
Fuente: IN MMA nº 53/2005, Anexo II (pescadinha, Macrodon ancylodon)